El Porqué de este Blog

En estos 35 años de experiencia como profesional he detectado errores muy comunes y repetitivos a la hora de ejecutar los trabajos o simplemente entablar conversaciones con las empresas Distribuidoras eléctricas de turno, por desconocimiento (algo muy normal) de las normas internas de éstas empresas.

Si evito en algo éste tipo de circunstancias, este blog habrá servido de algo.

Por favor me podéis preguntar TODAS las dudas que tengáis, si la sé, os responderé y si no es así buscaré la respuesta más exacta posible,

Muchas gracias


jueves, 21 de marzo de 2019

Qué hacer cuando quieres dar de alta un suministro que ya existía, pero en la actualidad se encuentra de baja.

Es un caso que me ha llegado recientemente y que la gente suele confundirse, además de generarle pérdida de tiempo, posiblemente también gastos innecesarios.

Una vivienda o local que en su momento estaba alquilada a una persona y empresa con contrato eléctrico a su nombre y que al cabo de los meses o años se van, dando de baja el suministro. El propietario cuando se hace cargo de su vivienda o local y mientras no lo necesita, sigue con el suministro de baja.
 
El error de mucha gente y profesionales es que llega el día que le vuelve a salir un nuevo inquilino para la vivienda o local y quieren tener suministro y hablan con la distribuidora y dan de alta un nuevo expediente para tener suministro.
 
La persona de contacto de la distribuidora no siempre te pregunte si es una vivienda o local nuevo o existente, ahí es donde nosotros debemos hacer hincapié y abrirlo de forma correcta, no todo el mundo está informado, con la consiguiente pérdida de tiempo.
 
Cuando estemos en este caso, al hablar con la distribuidora para abrir un expediente que en su día tuvo servicio, habrá que especificar que lo que queremos es UNA AMPLICACION DE POTENCIA POR DERECHOS CADUCADOS, es importante decirlo así, porque ni el tratamiento desde la distribuidora es el mismo ni el importe a pagar, porque si lo hemos tenido durante menos de TRES AÑOS los derechos siguen vigente y por lo tanto no tendrías que pagar, por lo contrario si tiene más de ese tiempo si habría que pagarlos, pero ese suministro tiene su Código Universal Punto de Suministro (CUPS), con el cual puedas ir a la comercializadora a contratar.

En resumen, cuando estés en este caso, lo dicho AMPLICACION DE POTENCIA POR DERECHOS CADUCADOS y sepamos que ha estado un periodo superior a los tres años. Si ha transcurrido menos de esos tres años sin suministro, con el CUPS en la mano, puedes ir directamente a la comercializadora y no haría falta abrir expediente alguno.
 
NUNCA una APERTURA DE EXPEDIENTE NUEVO POR LA POTENCIA QUE NECESITES.
Espero que os sirva de ayuda este post, porque, aunque no lo creáis, es una situación muy corriente. Con el tema de la crisis inmobiliaria de hace años, fueron muchos los pisos que se quedaron vacíos con los derechos pagados y con el tiempo nos hemos hecho con uno de ellos y hemos vuelto a pagar unos derechos ya pagados por el promotor. En eso la distribuidora suele ser muy legal y lo avisa, pero si no se abre bien el expediente, hasta que no has pagado no se enteran de ésta situación.

Un saludo

miércoles, 13 de marzo de 2019

Ahorrar energía en casa, ¿Puede ser fácil?

Hoy voy a entrar en un terreno que la verdad, ni me gusta ni entiendo, pero es actualidad y como este blog está para intentar ayudar, pues he decido ponerlo a modo de información, espero que os guste y sobre todo os ayude a comprender…. 


Ahorrar en casa se ha convertido en una prioridad y voy a exponer algunos detalles para ahorrar energía, algo que seguramente sepáis todos. El control de la electricidad está en tus manos y tú mismo puedes gestionar el gasto en energía y conseguir que tus facturas de la luz sean menos costosas y que van muy relacionados con nuestros hábitos y con el modo en que puedes calcular el consumo de luz, y no es otro que la elección de los electrodomésticos que vayas a adquirir.

Existen en el mercado electrodomésticos con tecnologías que te ayudan a ahorrar. Así que, si vas a cambiar alguno de los que tienes en estos momentos, lee lo siguiente, pues te interesará saber cómo inciden en tu factura de la luz para empezar a ahorrar, calcular mejor tu consumo y controlar por completo tu electricidad.

Te pongo a modo gráfico algunos ejemplos de los electrodomésticos que tenemos en caso y su consumo.

Los electrodomésticos que más gastan
A la hora de gestionar el gasto energético en tu hogar, has de saber cuáles son los electrodomésticos que, de media, gastan más:
– El frigorífico es el electrodoméstico que más consume en una casa. Hay estudios que hasta sitúan ese gasto en torno al 30%  y esto es debido a que nunca se suele apagar, al tiempo que ha de regular su propia temperatura interna.
– A continuación, se sitúan tanto los televisores como las lavadoras; los primeros a causa de su continuo uso y su número (suele haber más de uno), mientras que las lavadoras exigen una potencia que provoca un alto consumo, a pesar de que en los últimos años se ha mejorado su eficiencia.
– En el siguiente escalón se encuentran el horno, que gasta mucha electricidad pero que se suele utilizar en contadas ocasiones, y el lavavajillas.

¿Existen otros factores para ahorrar energía en tu hogar?

Además de estos electrodomésticos, existe un factor que hay que tener muy en cuenta a la hora de ahorrar en casa. Se trata del consumo fantasma, es decir, de la energía que consumen los diversos aparatos cuando se quedan en standby. Según estudios realizados, el 10% del consumo eléctrico del hogar se debe a ello, según un estudio realizado por el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE). 

¿Qué electrodomésticos son los más eficientes?
Según el estudio de Consumo en España, el 59% de los españoles han adquirido electrodomésticos y tecnología. Esto es una muestra clara del interés por hacerse con aparatos más eficientes en el gasto de energía. Y es que son estos precisamente los que mayor incidencia van a tener en tu consumo de luz.
Por poner un ejemplo, un frigorífico (que es el electrodoméstico que más gasta) consumirá hasta un 80% menos en caso de que sea de clase A+++ (con respecto a uno de clase D). En un principio la inversión será mayor, pues su precio es superior, pero a la larga se conseguirá un importante ahorro en la factura de la luz. Esto también ocurre con el resto de aparatos. Todos los que tengan una calificación A+++ o una A++ aportarán ahorros considerables en los consumos de electricidad.
¿Cuánto consume de media en la factura de la luz un hogar en España?  

Personas en la vivienda                Potencia contratada     Factura media cada dos meses
1 persona                                          3,45 KW                          70,95 EUR
2 personas                                        3,45 KW/4,6 KW              98,60 EUR/106,55 EUR
3 personas (1 hijo)                            4,6 KW                         117,30 EUR
4 personas (2 hijos)                          4,6 KW/5,75 KW           127,80 EUR/135,73 EUR
5 personas (3 hijos)                          5,75 KW                        153,95 EUR 

Hay muchos factores que influyen en el consumo medio del hogar, y por tanto, en su factura final, desde los hábitos de consumo, la cantidad de personas que residan en el hogar y hasta la potencia contratada (cantidad de aparatos eléctricos o electrodomésticos que pueden estar conectados a la vez).  La media de gasto en energía de un hogar español se sitúa en 900 euros anuales. A continuación, podrás ver una tabla con la media del gasto bimensual de un hogar en la factura de la luz, detallando la cantidad de personas que conforman la vivienda y la potencia contratada. 

También es cierto y no menos importante, que la factura eléctrica no depende exclusivamente de tu consumo, hay impuestos que marcan la cantidad al final de mes o de cada dos meses y que no es un tanto por ciento despreciable ya que oscila más del 60% del importe final. Son los denominados peajes del sistema eléctrico, se trata de los ingresos regulados del sistema eléctrico (pactados entre los políticos y las empresas eléctricas)  que van dirigidos a cubrir costes como la distribución de las redes eléctricas de alta y baja tensión, las primas a las energías renovables y otras partidas como el 50% de las subvenciones dirigidas a abaratar la luz en las Islas Canarias o personas vulnerables que no pueden hacer frente a la factura o que se encuentran riesgo de exclusión social. Todo esto y junto con el 21% de IVA hace que aumente en ese más del 60% que antes he comentado.
En lo primero podemos intentar afinar todo lo que podamos, esto segundo habrá que exigirlo a nuestros gobernantes, ahora que estamos en proceso de elecciones. En diciembre decían que no subirían las tarifas, dos meses más tarde ya están diciendo que lo van hacer en un 4% para no seguir aumentando el déficit energético en España, ¡Bravooo!
Un saludo 

martes, 12 de marzo de 2019

Como canalizar los cables que pasan por nuestra fachada.

Hola amigos
Como os dije en el post anterior, en esta ocasión hablare sobre el tema de canalizaciones a realizar por un particular, lo que se llama Retranqueos con aportación por nuestra parte o simplemente dejar nuestra fachada libre de cables. Como ya dije, la distribuidora tiene la obligación de dejarnos los cables a coste 0€ por donde iban anteriormente. Pero hemos realizado una fachada a nuestro gusto y no queremos que se vean los cables, ya la distribuidora no tiene obligación de hacerlo a coste 0€, tendremos que abrir una Provisión de Suministro, lo suyo sería abrirla a la vez la solicitud definitiva de nuestra vivienda. 
También comente que el presupuesto se verá sensiblemente menor si llegamos a un acuerdo con la comercializadora de realizar nosotros la obra civil de la zanja. Pero debemos cumplir la norma y asegurarnos que nuestra canalización no va a tener problemas:

Antes de iniciar cualquier trabajo, lo primero que debemos contar los permisos y licencias necesarios y no vale la licencia de obra de la vivienda a no ser que se haya realizado un anexo referido a los distintos servicios que pasan.

Otra cosa importante es conocer que servicios pasan, por eso os hable de INKOLAN, plataforma de los distintos servicios y que os pondrán en contacto con cada uno de ellos, que os lo marcaran y de este modo trabajar con seguridad.

Antes de comenzar los trabajos, se marcarán en el pavimento las zonas donde se abrirán las zanjas, marcando tanto su anchura como su longitud y las zonas donde se contendrá el terreno. Si ha habido posibilidad de conocer las acometidas de otros servicios a las fincas construidas, se indicarán sus situaciones con el fin de tomar las precauciones debidas.

Las canalizaciones, salvo casos de fuerza mayor, se ejecutarán en terrenos de dominio público, en suelo urbano o en curso de urbanización que tenga las cotas de nivel previstas en el proyecto de urbanización (alineaciones y rasantes), preferentemente bajo las aceras o calzadas, evitando ángulos pronunciados. 

El trazado será lo más rectilíneo posible, paralelo en toda su longitud a las fachadas de los edificios principales o, en su defecto, a los bordillos.

Se estudiará la señalización de acuerdo con las normas municipales y se determinarán las protecciones precisas tanto de la zanja como de los pasos que sean necesarios para los accesos a los portales, comercios, garajes, etc. así como las chapas de hierro que vayan a colocarse sobre la zanja para el paso de vehículos. 
Los tubos irán alojados en zanjas cuyas dimensiones y números de tubos que puede albergar son las que se muestran en la Tabla. En todo momento la profundidad mínima a la parte superior del tubo más próxima a la superficie del suelo no será menor de 60 cm en el caso de canalización bajo acera, ni de 80 cm bajo calzada. Tabla a modo de ejemplo, dependiendo de los tubos necesarios. 



Los tubos se situarán sobre un lecho de arena de 4 cm de espesor.  A continuación se cubrirán los tubos de polietileno rojo de 160mm. de diámetro  y se realizará el compactado mecánico, empleándose el tipo de tierra y las tongadas adecuadas para conseguir un Proctor del 95%. (incluyo foto de ejemplo de algunas de las canalizaciones)
Se colocarán también una cinta de señalización de color amarillo naranja vivo que advierta la existencia de los cables. Su distancia mínima a la cara inferior del pavimento será de 10 cm y a la parte superior del tubo de 25 cm.

Plano de algunos modelos de zanjas:



Habrá que tener muy en cuenta los distintos servicios. Deciros que la zanja que he puesto es exclusiva para la distribuidora, en esa zanja no se puede meter otro tipo de servicio, aunque si podemos hacerla mas ancha y profunda para poder utilizarla y siempre teniendo en cuenta las medidas de seguridad entre los distintos servicios (incluyo fotos).
Distancia longitudinal y cruce con los distintos servicios: 

- Otros cables eléctricos de superior categoría (MT.) será de min. 25 cm. ç
- Otros cables de BT. Será de 10 cm. 
- Depósitos de carburantes mínimo 20 cm. dejando el tubo que rebase 1,5 m. por cada extremo. 
- Tubos de gas, distancia mínimo de 20 cm. 
- Cables de telecomunicación mínimo 20cm. 
- Canalizaciones de agua y alcantarillado debe ser mínimo 20 cm. y procurando que siempre vayan por debajo de la parte eléctrica.
Plano de los distintos cruces:



Cierre de Zanja: 
Una vez colocadas las protecciones y señalizaciones se rellenará toda la zanja con el tipo de tierra  y en las tongadas necesarias para conseguir un Proctor del 95%. Procurando que las primeras capas de tierra por encima de los elementos de protección estén exentas de piedras o cascotes.

Importante: Una vez realizada la canalización debemos dejar unas calas en cada uno de los extremos y si el modulo que hay que alimentar está en el centro, otra más. Para seguridad de las personas, se tapan las bocas de los tubos en cada uno de los extremos y se rellena de tierra hasta que la distribuidora vaya a realizar los trabajos eléctricos. Las arquetas están prohibidas salvo excepciones que el responsable de la distribuidora os diga.

Reposición del pavimento 
Los pavimentos serán repuestos de acuerdo con las normas y disposiciones dictadas por el propietario de los mismos. 
Deberá lograrse una homogeneidad de forma que quede el pavimento nuevo lo más igualado posible al antiguo, haciendo su reconstrucción por piezas nuevas si está compuesto por losetas, baldosas, etc. 
En general se utilizarán materiales nuevos salvo las losas de piedra, adoquines, bordillos de granito y otros similares.

Todo esto, unido a la ayuda del supervisor de la obra por parte de la distribuidora, os garantiza una canalización bien realizada y sin costes adicionales que puedan surgir si no se hace bajo éstos criterios.
Espero que os ayude en un futuro, un poco largo pero puede ser de gran utilidad.

Un saludo

domingo, 3 de marzo de 2019

Por qué y cómo actuar cuando la Distribuidora te pide la Reserva para el uso de un local.

Hay veces, que necesitamos una potencia elevada dentro de un casco urbano, ya sea para un local, edificio o naves, etc., y la potencia en BT., es superior a 100 Kw. En pequeños consumidores esto no es muy habitual, pero si en Industrias, comercios y edificios. Para estos casos es importante calcular muy bien la potencia que vamos a demandar, y realizar un buen estudio/cálculo por la persona que nos va a realizar el proyecto, porque de ello va a depender en el coste final.

Algo que se hace muy habitual es que necesito 105 kw o como sé que me a pedir local para CT lo bajo a 99 Kw., eso no se debe hacer, primero por nuestra seguridad y luego porqué lógicamente la distribuidora te va a pedir una memoria técnica para que justifiques esa potencia y si no está correctamente justificada el proyecto te lo van a rechazar.

Ejemplo de un Local para Centro de Transformación en fachada
 
El RD 1955/2000 y 1048/2013 te dice:

1. Cuando se trate de suministros sobre suelos en situación básica de urbanizados por contar con las infraestructuras y los servicios a que se refiere el artículo 12.3.b del texto refundido de la Ley de Suelo, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, incluidos los suministros de alumbrado público, y la potencia solicitada para un local, edificio o agrupación de éstos sea superior a 100 kW, o cuando la potencia solicitada de un nuevo suministro o ampliación de uno existente sea superior a esa cifra, el solicitante deberá reservar un local, para su posterior uso por la empresa distribuidora, de acuerdo con las condiciones técnicas reglamentarias y con las normas técnicas establecidas por la empresa distribuidora y aprobadas por la Administración Pública competente, cerrado y adaptado, con fácil acceso desde la vía pública, para la ubicación de un centro de transformación cuya situación corresponda a las características de la red de suministro aérea o subterránea y destinado exclusivamente a la finalidad prevista.  El propietario del local quedará obligado a registrar esta cesión de uso, corriendo los gastos correspondientes a cargo de la empresa distribuidora. 

2. Si el local no fuera utilizado por la empresa distribuidora transcurridos seis meses desde la puesta a su disposición por el propietario, desaparecerá la obligación de cesión a que se refiere el apartado anterior. 

3. La empresa distribuidora, cuando haga uso del mencionado local deberá abonar al propietario una compensación que se establecerá por orden del Ministro de Industria, Energía y Turismo, previo acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, a propuesta de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia. En el caso de que la potencia del centro de transformación instalado sea superior a la solicitada, con la finalidad de suministrar energía a otros peticionarios, la empresa distribuidora abonará a la propiedad del inmueble en el que recaiga la instalación en el momento de la concesión de la autorización de explotación del centro de transformación, una cantidad que se establecerá por orden del Ministro de Industria, Energía y Turismo, previo acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, a propuesta de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia. 

Lo anterior será así mismo de aplicación ante cualquier ampliación de la potencia instalada en el referido centro de transformación. A estos efectos no se considerará la diferencia de potencias que pudiera existir entre la potencia solicitada y la potencia normalizada del transformador inmediatamente superior a la solicitada.


Por lo tanto, tener muy en cuenta todo esto, porque es importante para el peticionario que se cumpla el RD., ya que algo de dinero podemos ahorrar, aunque también es cierto que en edificios de poca fachada es un grave problema para la propiedad por mucho que se compense. Espero que os sirva de conocimiento para las personas que estáis en estos casos.

En el próximo post hablare sobre un detalle importante cuando queremos realizar por nuestra cuenta una canalización, como saber los servicios que pasan y que nos pueden afectar a la misma. Os lo contaré como debéis actuar.

Un saludo

martes, 26 de febrero de 2019

Y cuando realizo yo una obra en BAJA TENSION, ¿Tengo que cederla a la distribuidora?

Vamos a ver éste tema, porque normalmente la empresa distribuidora tiene la OBLIGACION de llevaros la red hasta vuestra vivienda si está dentro de casco urbano, pero puede ocurrir que está en casco urbano sin condición de solar (ya explicado en otros post) o en rural pero muy cerca de casco urbano o simplemente queremos que los cables no pasen por nuestra fachada y queremos que nos lo realicen subterráneos. 

Caso de suelo urbano sin condición de solar o fuera de casco urbano, tenemos que llevar nosotros nuestra línea hasta nuestra parcela. Lo suyo sería que la distribuidora le pidieras un presupuesto para que lo ejecute ella, esto no quiere decir por tu parte, compromiso alguno para que lo hagan, solo te darás una idea de lo que va a consistir la obra y su coste, sé que no debo decir esto, pero mi consejo es que se haga. En muchas ocasiones resulta más barato que la distribuidora te realice la obra que si lo contratas a un tercero, que te puede resultar más barato en un principio, pero creerme a la larga te vas ahorrar dinero.

Puedes llegar a un acuerdo con ellos en que la obra civil la realices tú con tu constructor o personal que contrates con la normativa de la distribuidora, te vas ahorrar dinero porque la parte de obra civil suele ser lo que más encarece la obra. El tema eléctrico es mejor que lo hagan ellos, por varios motivos, primero porque ellos tienen los materiales homologados y un personal cualificado (que os va evitar deshacer lo realizado en muchas ocasiones), después te ahorraras la cesión de instalaciones y la realización de un proyecto si la obra es superior a los 8/10 metros (solo con estas dos cositas te va ahorrar una buena cantidad de dinero). Esto que he comentado vale tanto para que la línea de distribución llegue hasta nuestra parcela o para soterrar los cables de la fachada si nos has tenido la suerte que por obligación lo tienen que hacer subterráneo, en muchas ocasiones sucede esto. Cuando la obligación de la distribuidora es darte suministro porque está dentro de casco urbano trataran de hacerlo al menor coste posible y eso es posado por tu fachada. Si con todo lo comentado sigues adelante con realizar tú toda la obra, exceptuando la conexión, que por obligación lo debe hacer la distribuidora, tendrás que preparar un proyecto y cederlo, para lo cual te pedirán una serie de documentos, que serán parecidos a los puestos en el anterior post, algunos menos, pero en general serán casi los mismos, modificando algunos de Industria.

Por lo tanto, mi consejo es, que cuando quieras que los cables vayan en subterráneo o tengas que hacer una extensión de red llegues a un acuerdo con la distribuidora y realices tú la obra civil y dejar que ellos te realicen la obra eléctrica, sobre todo en retranqueos en fachada, porque si es fuera de casco urbano lo debe realizar el solicitante, dejando el módulo para el equipo de medida lo más cercano a la red de distribución o donde te hayan indicado a la hora de darte el punto de entronque. Importante, donde muchos instaladores cometen errores es la altura que debe llevar la CGP tipo BUC que es entre 3 y 4 metros del nivel de acerado, si por las características de la fachada, no se llega a ésta altura se puede colocar a 2,5 m. una CGP semi-empotrada que es distinta a la de superficie, NO VALE colocar la de superficie en semi-empotrada. 
Nota: la figura 2 es una CPG de superficie.

En cuando se la acometida es subterránea, directamente al módulo o armario, éste debe estar a una altura 0,30/0,80 cm. (dependiendo del módulo, tanto si lleva como no una parte inferior con fusibles) hasta 1,80 si es una CPM, desde el nivel del acerado, dejando un/dos tubos homologados, dependiendo de la sección de la acometida, mínimo creo que era de 63 mm, pero éste tipo de detalles mejor consultarlo con la persona responsable de la obra por parte de la empresa distribuidora. 

Otra medida importante en cuando a la CGP de superficie, es la distancia a un balcón (1m.) o ventana (0,50 m.), son detalles que una obra te la pueden echar abajo con las molestias y gastos innecesarios. 

Espero que os sirva este post, porque va dirigido tanto a instaladores como personas que solicitan una nueva cometida en BT. 

Un saludo
 

miércoles, 20 de febrero de 2019

CHARLA-COLOQUIO EN EL CURSO DE FUTUROS INSTALADORES ELECTRICISTAS

Ayer día 19/02/2019 realice mi primera charla-coloquio dirigida a futuros nuevos Instaladores Electricistas, correspondiente a la ACCIÓN FORMATIVA realizada UF.O888 Elaboración de documentación técnica en las Instalaciones eléctricas de BT. Curso CERTIFICADO DE PROFESIONALIDAD ELECTRICISTA DE BAJA TENSIÓN. ( Financiado por Consejería Empleo JCCM y Ministerio de Empleo), en unas instalaciones magnificas como son el Aula de Formación Técnica Juan Pedro Coronel. Agradecer al Responsable del curso José Fernando Romero Valdepeñas, al centro y a todos sus alumnos por el trato recibido y la atención que me prestaron. Fue un curso muy intenso, donde los alumnos mostraron su interés en todo momento. Disculpas por los posibles errores que pudiera cometer como orador, pero siempre hay una primera vez y que corregiré en sucesivas formaciones si tengo ocasión.
De nuevo Gracias a los que me han permitido exponer mi experiencia, creo que puedo seguir ayudando tanto a futuros Instaladores, como los que ya ejercen y los que están realizando sus estudios en la Formación Profesional, en la rama de electricidad, para que les sea un poco mas fácil entablar conversaciones con la Distribuidora, me brindo para seguir ayudando y mejorando si puedo un poquito su formación. 
Muchas gracias.





martes, 12 de febrero de 2019

Cesión de las Instalaciones a la empresa Distribuidora

Cuando realicemos una instalación por nuestra cuenta, tanto si es en Media Tensión como en Baja Tensión hay serie de requisitos que hay que cumplimentar para que se llegue todo a buen puerto. 

Lo primero que hay que saber, que la distribuidora empezará el trámite de cesión, en el caso de Media Tensión, si al menos existen dos personas para poder realizar la conexión en el centro. Si solo hay una persona interesada ya os digo directamente que la cesión no se podrá llevar a cabo, al menos en la zona de Naturgy. 

Por lo tanto, mi consejo es que, si tenéis pensamiento de ceder la instalación algún día, aunque de momento no se haga, adaptaros a la normativa de la distribuidora, para que posteriormente no tengáis que realizar cambios que os supongan un coste económico añadido. 

Los requisitos que os van a pedir, puede que falte alguno, pero en líneas generales son los siguientes: 
- DNI de la persona o personas propietarios.
- Escritura de la parcela. 
- Dos copias del Proyecto en formato digital 
- Certificados. 
- Licencia Municipal (no se olviden). 
- Autorización Administrativa del Proyecto. 
- Permisos de paso de los propietarios afectados. 
- Muy importante, debe de existir otra solicitud de suministro (para que se pueda llevar a cabo la cesión, como he dicho anteriormente) a nombre de una segunda persona que quiere enganchar en ese centro. Lo normal si existe otra u otras personas interesadas en enganchar, el gasto de la instalación se realice entre ellos, siempre saldrá más económico. A la otra(s) persona(s) en su solicitud le dará la distribuidora de momento enganche también en Media Tensión (no os preocupéis, eso se cambio al final), pero cuando esté terminada y a nombre de la distribuidora solicitará de nuevo un cambio del punto de entronque. 

También puede ir la cesión a nombre de varias personas, ¿el problema cuál es? Pues que el día de la firma se tienen que poner todos de acuerdo para asistir a la notaría para la firma del documento, por cierto, la notaría puede ser elegida por las personas que van a realizar la cesión. Si son uno o dos no hay problema, cuando son por ejemplo quince si que lo hay.

Una vez que esta todo correcto y el documento firmado por ambas partes, el responsable del proyecto redactara la dirección final de obra que entregará a la distribuidora y ésta solicitara a Industria el Acta de Puesta en Servicio para proceder a su conexión. 

Otro detalle bajo mi punto de vista importante, una vez que vuestro ingeniero haya conseguido la Autorización Administrativa de Industria, sería conveniente avisar a la distribuidora para que asigne un supervisor que os va ayudar en todo momento en su ejecución y os ira aconsejando y solucionando todos los inconvenientes que vayan surgiendo, esto es importante para que lo que vayamos haciendo, no haya que retocar o rehacer.

En este punto tanto la ejecución de la instalación como la Cesión pueden ir haciéndose simultáneamente y no esperar a tener la obra terminada para empezar con la cesión ya que os supondrá más tiempo de espera. Como veis es un proceso largo y burocrático, excesivo como he dicho anteriormente, pero que desgraciadamente debe ser así. 

Si la instalación es en BAJA TENSION, os lo contaré en otro post para que no se haga demasiado pesado. 
Un saludo