Es un caso que me ha llegado recientemente y que la gente suele confundirse, además de generarle pérdida de tiempo, posiblemente también gastos innecesarios.
Una vivienda o local que en su momento estaba alquilada a una persona y empresa con contrato eléctrico a su nombre y que al cabo de los meses o años se van, dando de baja el suministro. El propietario cuando se hace cargo de su vivienda o local y mientras no lo necesita, sigue con el suministro de baja.
El error de mucha gente y profesionales es que llega el día que le vuelve a salir un nuevo inquilino para la vivienda o local y quieren tener suministro y hablan con la distribuidora y dan de alta un nuevo expediente para tener suministro.
La persona de contacto de la distribuidora no siempre te pregunte si es una vivienda o local nuevo o existente, ahí es donde nosotros debemos hacer hincapié y abrirlo de forma correcta, no todo el mundo está informado, con la consiguiente pérdida de tiempo.
Cuando estemos en este caso, al hablar con la distribuidora para abrir un expediente que en su día tuvo servicio, habrá que especificar que lo que queremos es UNA AMPLICACION DE POTENCIA POR DERECHOS CADUCADOS, es importante decirlo así, porque ni el tratamiento desde la distribuidora es el mismo ni el importe a pagar, porque si lo hemos tenido durante menos de TRES AÑOS los derechos siguen vigente y por lo tanto no tendrías que pagar, por lo contrario si tiene más de ese tiempo si habría que pagarlos, pero ese suministro tiene su Código Universal Punto de Suministro (CUPS), con el cual puedas ir a la comercializadora a contratar.
En resumen, cuando estés en este caso, lo dicho AMPLICACION DE POTENCIA POR DERECHOS CADUCADOS y sepamos que ha estado un periodo superior a los tres años. Si ha transcurrido menos de esos tres años sin suministro, con el CUPS en la mano, puedes ir directamente a la comercializadora y no haría falta abrir expediente alguno.
NUNCA una APERTURA DE EXPEDIENTE NUEVO POR LA POTENCIA QUE NECESITES.
Espero que os sirva de ayuda este post, porque, aunque no lo creáis, es una situación muy corriente. Con el tema de la crisis inmobiliaria de hace años, fueron muchos los pisos que se quedaron vacíos con los derechos pagados y con el tiempo nos hemos hecho con uno de ellos y hemos vuelto a pagar unos derechos ya pagados por el promotor. En eso la distribuidora suele ser muy legal y lo avisa, pero si no se abre bien el expediente, hasta que no has pagado no se enteran de ésta situación.
Un saludo
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