El Porqué de este Blog

En estos 35 años de experiencia como profesional he detectado errores muy comunes y repetitivos a la hora de ejecutar los trabajos o simplemente entablar conversaciones con las empresas Distribuidoras eléctricas de turno, por desconocimiento (algo muy normal) de las normas internas de éstas empresas.

Si evito en algo éste tipo de circunstancias, este blog habrá servido de algo.

Por favor me podéis preguntar TODAS las dudas que tengáis, si la sé, os responderé y si no es así buscaré la respuesta más exacta posible,

Muchas gracias


martes, 11 de diciembre de 2018

• PROCESO DE SOLICITUD PARA LA CONEXIÓN DE INSTALACIONES DE CONSUMO



Después de unos días fuera y conforme comente en el post anterior, voy a enumerar el proceso que tiene una Solicitud de Suministro (llamada también Provisión de Servicio por la Distribuidora o abreviadamente P.S.) para todos aquellos que tengan interés en conocerlo. Ésta será el proceso que sigue en UFD Naturgy y que muy poco debería variar con el resto de empresas. Dentro de cada una de las partes lleva su proceso de explicación, aunque sea en líneas generales y para tener una idea clara de lo que intento explicar. Posteriormente iré desgranando cada una de ellas con sus particularidades.
1) Alta de la Petición:


El Solicitante aportará toda la información necesaria en función del tipo de petición que realice. Una vez cumplimentada toda la información necesaria en el alta de la petición, se proporcionará un código de expediente. Este código identificará a la petición durante todo el proceso hasta la puesta en servicio de la instalación (en el caso de UFD Naturgy será:

EXP348x, siendo la x el sector/zona donde corresponda la instalación.

EXP348x18 (estos dos últimos dígitos corresponden al año).

EXP348x1812 (estos dos últimos dígitos corresponden al mes que se abre).

EXT348x18120001 (los cuatro últimos al número de apertura de expediente de ese mes, en este caso sería el primer expediente abierto en ese mes).

2) Definición Técnica:

UFD Naturgy analizará la petición definiendo el punto de conexión y los trabajos necesarios a realizar en la red.
3) Definición Económica:

UFD facilitará al Solicitante la valoración económica de los trabajos necesarios para atender la petición. Según RD 1048/2013 estos trabajos podrán ser:

1.º Trabajos de refuerzo, adecuación, adaptación o reforma de instalaciones de la red de distribución existente en servicio, siempre que estos sean necesarios para incorporar a las nuevas instalaciones. Los trabajos detallados en este apartado serán realizados por el distribuidor al ser éste el propietario de esas redes y por razones de seguridad, fiabilidad y calidad del suministro.

2.º Trabajos necesarios para la nueva extensión de red desde la red de distribución existente hasta el primer elemento propiedad del solicitante. Los trabajos referidos en este apartado podrán ser ejecutados a requerimiento del solicitante por cualquier empresa instaladora legalmente autorizada o por la empresa distribuidora.

Las condiciones técnico - económicas se comunicarán al cliente a través de un pliego de condiciones técnicas y un presupuesto económico en documentos y envíos separados.

Tras la comunicación de las condiciones técnico - económicas el solicitante dispondrá de un plazo de seis meses para comunicar de manera expresa a la empresa distribuidora si los trabajos de nueva extensión de red los va a ejecutar una empresa instaladora legalmente autorizada o la empresa distribuidora. El vencimiento del plazo seis meses sin haberse realizado la citada comunicación determinará la caducidad y archivo de la solicitud.
4) Pago de Derechos:

El Solicitante de la provisión deberá abonar el importe correspondiente al coste de los trabajos comunicados en la carta de presupuesto.

5) Ejecución de los Trabajos:

Desarrollo de los trabajos necesarios para atender la solicitud, para conectar las nuevas instalaciones o ampliaciones de potencia de las ya existentes, a la red de UFD.

6) Puesta en Servicio de las instalaciones por Unión Fenosa distribución

Una vez realizada la instalación, se generará el CODIGO UNIVERSAL DE PUNTO DE SUMINISTRO (CUPS), que identifica a ese punto de suministro para siempre y con el que el cliente podrá proceder a la contratación con la comercializadora de su elección, así como los sucesivos trámites a realizar. En la página web de la Comisión Nacional de Mercados y Competencia www.cnmc.es puede encontrar un listado actualizado de las empresas comercializadoras de referencia, y un listado de las comercializadoras de mercado libre.

Aunque la empresa Distribuidora no lo exige, para evitar problemas futuros, sería aconsejable enviar una copia del Certificado de Instalación Eléctrica (llamado CIE o antiguamente lo que coloquialmente se llamaba Boletín) durante este proceso, para que se genere correctamente el punto de suministro en los sistemas de la Distribuidora y que posteriormente le llegará a la Comercializadora elegida y no haya problemas futuros.

Aquí terminaría el proceso, pero cada uno de ellos tiene sus particularidades, como he dicho al principio y que lo explicaré en el siguiente post.

Me gustaría que todo esto fuera más corto y simplificado, pero prefiero que sea un poco más largo pero que se entienda por cualquier persona.

1 comentario:

  1. Hola,
    En mi caso he pedido luz de obra, ¿quién debería ejecutar el punto 2? El electricista de la obra o Union Fenosa?

    2.º Trabajos necesarios para la nueva extensión de red desde la red de distribución existente hasta el primer elemento propiedad del solicitante. Los trabajos referidos en este apartado podrán ser ejecutados a requerimiento del solicitante por cualquier empresa instaladora legalmente autorizada o por la empresa distribuidora.

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